Actuaciones Judiciales

Tutela

En el 2019 en el marco del proceso de delimitación del páramo de Almorzadero se radicaron dos acciones de tutela en contra de la Resolución 152 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por la cual se delimita el páramo de Almorzadero:

 

La primera, instaurada por María Carolina González Malaver representante legal de la Asociación de Mujeres Campesinas y Artesanas de Cerrito (ASOMUARCE), organización que reúne a mujeres rurales en  defensa de sus derechos, la promoción de proyectos productivos sostenibles y la protección del páramo, bajo el radicado No. 68432-31-89-001-2019-00041-03 del Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga, en la que alegaron que la delimitación del páramo se expidió sin su participación, vulnerando sus derechos fundamentales al trabajo, al mínimo vital, a la propiedad, a la alimentación y a participar en la toma de decisiones ambientales.

 

El 19 de julio de 2019, el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga emitió fallo de primera instancia, negando la tutela de ASOMUARCE “No se demostró la existencia de daño irremediable”.

La segunda tutela fue promovida por el entonces Personero Municipal de Carcasí, José Fernando Gutiérrez Galvis. Esta acción (radicado No. 68001-31-87-003-2019-00039-02 del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga) se dirigió igualmente contra el Ministerio de Ambiente, alegando que “MinAmbiente no garantizó en su totalidad la participación ambiental” de las comunidades en la delimitación del páramo Almorzadero.

El 1 de agosto de 2019, el juez de Bucaramanga resolvió negar esta tutela, declarando la solicitud improcedente.

Los dos fallos de tutela fueron impugnados por ambos accionantes. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga falló en segunda instancia, resolviendo dejar sin efecto la Resolución 152 de 2018 por medio de la cual se delimita el páramo de Almorzadero y se adoptan otras determinaciones, indicando lo siguiente:

Confirmar la Sentencia del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga

Revocar la Sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga

“…DEJAR SIN EFECTO la Resolución No. 152 de 2018 “Por medio de la cual se delimita el Páramo Almorzadero y se adoptan otras determinaciones”, proferida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, como quiera que se expidió sin la debida participación de la accionante ASOMUARCE y de las mujeres que la conforman, y de los demás afectados con esa decisión. Sin embargo, la pérdida de ejecutoria del acto administrativo mencionado entrará a regir en un (1) año contado partir de la notificación de la siguiente providencia”.

…ORDENAR al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS – que en el término de un (1) año siguiente a la notificación de la presente providencia, emita una nueva resolución para delimitar el páramo de almorzadero …” garantizando un procedimiento previo, amplio, participativo, eficaz y deliberativo.  “… la nueva resolución deberá emitirse y ejecutarse teniendo en cuenta las medidas de conservación del páramo Almorzadero y de acuerdo con los contenidos mínimos de participación ciudadana contenidos en la Sentencia T-361-2017, sin perjuicio de las demás normas procedimentales aplicables, en cuanto no sean contrarias a lo dispuesto en esta providencia”.

“…SOLICITAR a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación, vigilar, apoyar y acompañar el pleno cumplimiento de lo determinado en el presente fallo (…) En desarrollo de esa labor, las autoridades referidas deberán remitir cada cuatro meses un informe conjunto sobre el cumplimiento de la presente decisión al JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MÁLAGA, el juez de primera instancia de este proceso”. 

Vincular al trámite de cumplimiento de la sentencia a los 17 que tienen jurisdicción en el páramo, al participar como veedores y garantes de su cabal observancia y ejecución. 

Para esto se deben surtir siete (7) fases y tener como punto de partida seis (6) temas objeto de diálogo o ineludibles.